La DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), la entidad encargada de vigilar y controlar la actividad comercial en lo referente a los tributos (Impuestos) en Colombia, recientemente estableció la obligación de implementar el sistema de facturación electrónica, siendo este un proceso de digitalización de las facturas de ventas y servicios.
“La facturación electrónica es un documento que soporta las ventas de bienes o servicios gracias a las soluciones tecnológicas.“
La Facturación electrónica tiene beneficios como la eliminación del riesgo de la pérdida de documentos físicos, eficaz gestión documental, cuidado y protección el medio ambiente, consulta en línea, trazabilidad y seguridad de operaciones, mejora en gestión de cobro, ahorro en costos de impresión y almacenamiento, se puede integrar digitalmente a otros procesos al interior de la empresa, y mejora la relación cliente proveedor.
¿Sabes quiénes están obligados a implementar la facturación electrónica?
De acuerdo a la resolución 000020 de 2019, los obligados se clasifican en 5 grupos.
- Responsables del IVA.
- Responsables del Impuesto Nacional al Consumo.
- Quienes tienen calidad de comerciantes, profesiones liberales, y quienes enajenen bienes producto de actividades de agricultura y ganadería.
- Quienes decidan hacerlo de forma voluntaria.
- Contribuyentes del régimen simple de tributación.
Dependiendo de la actividad comercial, será la fecha límite para implementar el sistema de facturación electrónica
Hay distintas formas de actividad comercial, clasificados según la DIAN por códigos; de acuerdo a lo anterior la resolución 000064 del 1 de octubre de 2019 les asigna una fecha límite para la implementación del sistema de facturación electrónica, siendo la última el 1 de agosto del presente año.
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