Por regla general el salario mínimo es inembargable, pero debes tener en cuenta lo siguiente: si te están cobrando por obligaciones alimentarias o en favor de una cooperativa autorizada, el límite de embargabilidad será de hasta del 50% en cualquier tipo de salario; es decir, si tu salario es de un millón de pesos, se embargarán 500 mil pesos bajo éstos términos.
Sin embargo, si las deudas no provienen de ninguno de los dos casos antes mencionados, solamente se podría embargar una quinta parte del salario ganado. Recuerda que la única manera de hacer efectivo un embargo de salario en Colombia, es mediante una orden judicial que autorice tal descuento.
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